sábado, 5 de enero de 2008

EXTRANJEROS Y LA ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD PERUANA

Hace unas semanas misteriosamente y sin haberse documentado adecuadamente algunos medios de comunicación televisivos, radiales y escritos difundieron la noticia que el señor Baruch Ivcher Bronstein había utilizado su nacionalidad israelí en un viaje que efectuó a la República de Polonia en junio del año 2000.

Los medios de comunicación afirman que dicho acto evidencia que el señor Baruch Ivcher Bronstein nunca había renunciado a su nacionalidad israelí tal como lo exigía el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad aprobado por el Decreto Supremo No. 004-97-IN, esto en la medida que no debió haberse otorgado la nacionalidad peruana a Ivcher si este no había renunciado a su nacionalidad israelí ante las autoridades competentes israelíes. Deben recordar que estas normas de nacionalidad, tanto la Ley de Nacionalidad – Ley No. 26574 que se dictó el 30 de enero de 1996 y su Reglamento antes mencionado que se dictó el 23 de mayo de 1997 (un año y cuatro meses después), fueron muy cuestionados por el Tribunal Constitucional y otros organismos constitucionales en la medida que el Reglamento expresaba más allá de lo que se desprendía de la Ley en lugar de simplemente reglamentarla la modificaba e incluso ampliaba.

Aún habiendo sido cierto el hecho que el señor Ivcher hubiese seguido ostentando la nacionalidad israelí, la nacionalidad peruana ya se le había conferido constituyendo un derecho constitucional amparado en el artículo 2 numeral 21 de la Constitución Política de 1993 y además estableciéndose que su pérdida sólo podía ocurrir por renuncia expresa ante autoridad peruana tanto en el artículo 53 de la Constitución Política de 1993 como en el artículo 7 de la Ley de Nacionalidad No. 26574 en donde se precisaba que debía ser la autoridad competente lo cual luego será modificado al término autoridad peruana por la Ley No. 27532 del 17 de octubre de 2001 la misma que derogaría algunos artículos cuestionados del Reglamento de la Ley de Nacionalidad.

En todo caso, en el supuesto que el señor Ivcher hubiese utilizado su nacionalidad israelí en el año 2000, esto era perfectamente válido, pues por un lado no existe norma que impida a un nacional peruano obtener la nacionalidad de un tercer Estado no existiendo la obligación de renunciar a la nacionalidad peruana, y el señor Ivcher quien era peruano podía optar por solicitar la nacionalidad de un tercer Estado en este caso Israel pues la única manera de perder la nacionalidad peruana era y es por renuncia expresa ante autoridad peruana lo cual no ocurrió cuando fue despojado de la nacionalidad. Y por otro lado, también pudo haber utilizado la nacionalidad israelí en la medida que al haber sido despojado, si bien ilícitamente, de la nacionalidad peruana, no tuvo otra salida que solicitar la recuperación de su nacionalidad israelí para no ser un apátrida lo cual esta amparado por el Derecho Internacional Público a través de la Convención Internacional de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención Internacional de 1961 para reducir los casos de Apatridia.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR es el encargado desde 1996 por acuerdo de la Asamblea General de las Naciones Unidad de procurar la promoción de la reducción de los casos de Apatridia a nivel mundial.

He tomado el ejemplo del señor Baruch Ivcher Bronstein porque en la coyuntura de la temporada de la Dictablanda o Democradura de Fujimori, todos los medios de comunicación hicieron causa común en contra del atropello y abuso de autoridad ocasionado al señor Ivcher Bronstein quien por tratarse de un propietario de un medio de comunicación debía ser de nacionalidad peruana, por lo que el hecho de perderla generaba la inmediata cancelación del Derecho de la señal abierta vía televisiva y la probable confiscación de sus bienes; de haberse tratado de un ciudadano extranjero nacionalizado sin un medio de comunicación tan importante para la oposición al régimen de Fujimori que hubiese recuperado su nacionalidad de origen no hubiese ocurrido nada.

Lo curioso es que hoy en día todos cuestionan la condición de víctima y atropellado por el régimen de Fujimori que sufrió Ivcher en esos años, esto seguramente porque en la actualidad múltiples medios de comunicación se encuentran coludidos con el gobierno aprista e incluso tienen relaciones con la Democradura o Dictablanda de Fujimori no sólo respecto a medios escritos sino radiales y por supuesto televisivos donde sus propietarios están fugados, incluso asumiendo la dirección por resoluciones judiciales cuestionadas o procesados e investigados por haber sido colaboradores de Montesinos.

Deben saber señores que los medios de comunicación son un poder muy importante para todos los gobiernos en todo el mundo, es así que siempre buscan proveerles de contratos de publicidad o de puestos en el exterior o incluso en el escenario público local para que no sean muy incisivos con algunas investigaciones, si bien la prensa en general debe ser independiente esa independencia la manejan de la manera como a ellos le acomoda pues supuestas infiltraciones del gobierno de turno pueden ser actos de dichos medios en ejercicio de su independencia.

Para concluir con el tema de la adquisición de nacionalidad por naturalización de acuerdo al artículo 3 de la Ley de Nacionalidad – Ley No. 26574, deben saber que la exigencia de renunciar a la nacionalidad de origen por parte del ciudadano extranjero que solicitaba la naturalización que se encontraba señalada en el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad fue modificado en principio por el Decreto Supremo No. 010-2002-IN de fecha 15 de agosto de 2002 y luego esta normativa modificada por la Ley No. 28710 de fecha 12 de abril de 2006, esto en razón que dicha exigencia no figuraba en la Ley y el señalarla en el reglamento era irregular; estableciéndose que se dejaba sin efecto el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad con lo cual se derogaba la exigencia de renunciar a la nacionalidad de origen para los extranjeros que solicitaban la naturalización. Además, se indicó en la Disposición Transitoria y Complementaria Única que los expedientes en trámite para la obtención de la nacionalidad por naturalización se iban a adecuar a lo dispuesto por esta modificatoria.

Por tanto, hoy en día cualquier extranjero que desee naturalizarse peruano no tendrá que renunciar a su nacionalidad de origen, esto en razón a que podría encontrarse en una situación de apatridia, la misma que se le presentó al señor Ivcher Bronstein como se le pudo haber presentado a otro personaje público como el señor Pedro Pablo Kuckynsky e incluso al ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori quien era nacional peruano y además nacional japonés, esto en caso hubiesen sido despojados de su nacionalidad peruana pero claro no tenían un medio de comunicación bajo su dirección y además uno de ellos era el Presidente de la República.

domingo, 25 de noviembre de 2007

¿ASOCIACIÓN CIVIL, SOCIEDAD ANÓNIMA O MECENAZGO?

Es un tema de actualidad y hasta un debate recurrente, ¿cómo deben estar constituidas las instituciones deportivas... deben acaso continuar siendo asociaciones civiles o transformarse en sociedades anónimas? La opinión mayoritaria considera que únicamente siendo sociedades anónimas se podrán fortalecer económica, social, administrativa y deportivamente.

Las instituciones deportivas se encuentran constituidas como asociaciones civiles, cuyo principal ingreso son las aportaciones ordinarias mensuales de sus asociados, y dentro de ellas se encuentran los “clubes de fútbol”, queen realidad son instituciones deportivas donde se practica un solo deporte.

Es cierto que la realidad de nuestro país nos hace pensar que su constitución como asociaciones civiles constituye la principal razón por laque no despegan económicamente, sin embargo existen ejemplos en Sudamérica y Europa que contradicen esa afirmación.

En España tres de las principales instituciones deportivas donde se practica el fútbol, además de otros deportes: el FC Barcelona, el Real Madrid CF y el Athletic Club de Bilbao han permanecido siempre la primera división. Además de ser los más coperos tanto en Copas del Rey, como en Campeonatos de Liga. Estas instituciones se mantienen como asociaciones civiles siendo sus únicos ingresos los aportes de los asociados además de los auspiciadores. Como ejemplo podemos estudiar como se consolidaron grandes instituciones en Sudamérica, como C. A. River Plate de Argentina, C. A. Boca Juniors, Club Nacional de Fútbol, entre otros, y nos daremos cuenta que muchas siguen cómo asociaciones civiles por una capaz y responsable dirigencia y por el número de asociados que han ido incorporando con el transcurso de los años.
Esto no significa que las instituciones deportivas dedicadas al fútbol nopuedan fortalecerse en sus diferentes aspectos al constituirse como sociedades anónimas, pero al igual que una asociación civil las entidades opersonas naturales que deseen comprar acciones van a ver la rentabilidad de la institución y si posee una administración responsable y con proyección de futuro.

Las instituciones deportivas peruanas se encuentran en crisis por no haber tenido una política responsable de captación socios y tampoco de conformación de Juntas Directivas, de acuerdo a las necesidades de las instituciones, así como la debida administración con visión empresarial buscando consolidar a la “institución” como un producto prestigioso y agradable para los auspiciadores, inversionistas e incluso los hinchas que son los potenciales asociados.

En el Perú los clubes de fútbol poseen un número muy bajo de asociados, dónde solo algunos superan apenas los mil asociados, situación que difiere de la realidad de otros países de Sudamérica como Paraguay, Uruguay, Argentina, Brasil, Chile, donde incluso los equipos considerados chicos superan los dos mil asociados poseyendo además sedes deportivas y campos de entrenamiento. Es así que difícilmente podemos hablar de un profesionalismo real en el fútbol peruano, pues no existen instituciones sólidas que cuenten con un número adecuado de asociados o accionistas.

En el Perú un ejemplo de institución deportiva que ha demostrado que puede mantenerse en actividad y en crecimiento, constituida como asociación civil el Club de Regatas Lima, que empezó con un muelle colocado por sus propios asociados fundadores quienes practicaban "la boga" o también llamado"remo", y año a año fueron aportando más dependiendo de los requerimientos de la institución para su mantenimiento y su crecimiento.

La realidad del Club de Regatas de Lima debería ser la realidad de nuestros clubes de fútbol, pues los clubes de fútbol en otros países no se centran en una sola disciplina, sino que participan activamente en otras más. En el caso del Regatas Lima, además de intervenir en numerosas disciplinas, participa en el fútbol compitiendo año a año en la Copa Perú.

Debemos tomar en cuenta que la realidad nacional de las instituciones deportivas dedicadas al fútbol profesional, éstas no han sido sustentadas económicamente por las aportaciones de sus asociados, pues además de ser muy pocos los mismos, estos tampoco cumplen con efectuar las aportaciones mensuales sean ordinarias o extraordinarias y por lo general han subsistido con los aportes de mecenas golondrinos, que en lugar de consolidarse como inversionistas deportivos y efectuar sus actos en concordancia con los asociados, se han servido de los éxitos deportivos para obtener beneficios económicos personales.

Es cierto que toda institución deportiva para consolidarse requiere de aportes económicos, sin embargo estos deben ser captados y utilizados siguiendo las normas institucionales y no a través de actos individuales que no sirvan para consolidar instituciones deportivas.

Los clubes de fútbol en el Perú son débiles por el mecenazgo y la actitud "resultadista” de la afición futbolística, pues nunca les interés o constituir instituciones deportivas sólidas sino únicamente el obtener resultados deportivos coyunturales sin proyección de futuro, por lo que en la actualidad la responsabilidad es compartida no sólo entre los dirigentes e hinchas, sino incluso la prensa deportiva y los entendidos del fútbol que no vieron que el éxito deportivo se consigue no sólo por el aporte económico golondrino para una competencia internacional o local, sino consolidando instituciones sólidas que transciendan y se mantengan en el futuro.

Por lo que reitero que todo depende de las administraciones de los clubes, los que deben tener la visión, el profesionalismo y la responsabilidad para hacerlos crecer y de ese modo incentivar a los hinchas a asociarse y poder disfrutar de un proyecto serio que tenga como resultado el poseer instalaciones propias donde su equipo de fútbol pueda entrenar y los socios puedan practicar deportes.

En conclusión, toda institución sea asociación civil o sociedad anónima depende en cuanto a su existencia y permanencia del aporte de sus asociados o de sus accionistas según sea el caso, y por supuesto de las inversiones que puedan conseguir sus directivas las cuales sólo llegarán si hay proyectos serios y con proyección de futuro.

Publicado el 16 de noviembre de 2007 en la sección SAQUE DE FONDO de la página http://www.echamuni.net/